Escala Salarial Septiembre 2014 / Agosto 2015

RESOLUCIÓN Nº429/14

VISTO:
La sanción de la Ley Nº 7317, modificatoria de la Ley Nº 5483 y

CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 7317 incorpora  al art. 64 de la Ley Nº 5483 el inc.19 por que se autoriza al Consejo Directivo del Colegio de Farmacéuticos de Tucumán a fijar los honorarios mínimos de los profesionales Farmacéuticos que se desempeñen como Directores Técnicos de los establecimientos comprendidos en la Ley Nº 5483.

Que en cumplimiento a lo normado en la disposición mencionada
El Consejo Directivo del Colegio de Farmacéuticos de Tucumán

RESUELVE:

1 -Incorporar al Honorario mínimo del Profesional Farmacéutico la asignación extraordinaria no remunerativa por única vez  de: $ 3319.37 en el mes de Agosto de 2014  (Todo empleador que durante los meses de Abril 2014 hasta Agosto 2014 inclusive hubiese dado incrementos voluntarios a sus Farmacéuticos, podrán absorberlo de este monto).  

2- Fijar el honorario mínimo mensual de los profesionales Farmacéuticos que se desempeñen como Directores Técnicos de los establecimientos comprendidos en la Ley Nº 5483 correspondiente a los meses de Setiembre de 2014 a Septiembre de 2015.

En Concepto de Básicos:

  • Septiembre de 2014 a Agosto 2015: $7866.59
  • Septiembre de 2015: $ 10227.45

En Concepto de Sumas no remunerativas:

  • Septiembre de 2014 a Noviembre 2014: $ 1573.32
  • Diciembre 2014  a Marzo 2015: $ 1967.41
  • Abril 2015 a Agosto 2015: $ 2359.98

En concepto de Compensación Extraordinaria (según clausula 4ta. Del Acta Acuerdo)

  • Enero 2015: $ 1106.48
  • Julio 2015: $ 636.27

En Concepto de bloqueo y titulo de Farmacéutico:

  • Bloqueo de Titulo del farmacéutico Director Técnico- Art 7 inc a:
    Septiembre de 2014 a Marzo 2015: $ 6471.60.
    Abril 2015 a Agosto 2015: $ 6795.18
    Septiembre 2015: $ 7134.93
  • Título de Farmacéutico (80% del importe del Bloqueo) art 7 inc b: 
    Septiembre de 2014 a Marzo 2015: $ 5177.28.

    Abril 2015 a Agosto 2015: $ 5436.14
    Septiembre 2015: $ 5707.94
  • Título de farmacéutico ( 60% del importe del Bloqueo) art 7 inc:
    Septiembre de 2014 a Marzo 2015: $ 3882.96.
    Abril 2015 a Agosto 2015: $ 4077.11
    Septiembre 2015: $ 4280.96

3 – Notifíquese
4 – Publíquese en el Boletín Oficial.

RESOLUCIÓN Nº463/15

EL Consejo Directivo del Colegio de Farmacéuticos de Tucumán
RESUELVE:

1 -Incorporar al Honorario mínimo Profesional fijado en Resolución Nº 429/14 y publicado en Boletín Oficial Nº 28366 del 9 de Octubre de 2014, la siguiente Asignación Extraordinaria No Remunerativa, desde el mes de Febrero de 2015 hasta el mes de Junio de 2015 inclusive (es decir con los salarios devengados de dichos meses) la suma de $ 553.28 por mes. Esta asignación se encuentra enmarcada dentro del artículo 22 bis (Convenio Colectivo 659/13)

2- Notifíquese.-
3- Publíquese en el Boletín Oficial

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